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A tener en cuenta

 

Debido a la orientación que tiene CMW hay ciertos aspectos del modelo 347 que no gestiona, como son:

Declaraciones complementarias, ya que CMW siempre genera el fichero del modelo 347 con toda la información ante la imposibilidad de determinar qué ha ido en uno o en otro fichero. En su lugar habrá que hacer una declaración sustitutiva indicando el N.º identificativo de la declaración anterior. Este N.º de 13 dígitos se denomina N.º de justificante, normalmente 3470000000001 para todas las comunidades, diferenciando cada entidad su declaración sustitutiva por el NIF.

Presentaciones de declaraciones en las que el declarante o alguno de los declarados sea menor de 14 años.

Las operaciones de cobros por cuenta de terceros, las subvenciones satisfechas por Administraciones Públicas y las ventas / compras de agencias de viajes, claves de operación C, E, F y G respectivamente.

Operaciones de seguros.

Operaciones realizadas con importes percibidos en metálico.

Operaciones por importes percibidos por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA.

Operaciones incluidas en el régimen especial de criterio de caja.

Operaciones con inversión del sujeto pasivo.

Operaciones con bienes vinculados o destinados a vincularse al régimen de depósito distinto del aduanero.

 

En cualquier caso, siempre podrá importar el fichero generado en la plataforma de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y modificar el contenido del fichero según sea necesario.

 

Clave de operación

 

Entre otras casuísticas, las entidades a las que sea de aplicación la Ley 49/1960 de 21 de Julio sobre la propiedad horizontal deberán de usar la clave "D" para las adquisiciones de bienes o servicios al margen de cualquier actividad empresarial.

 

Las entidades (indistintamente del tipo de entidad) cuyo NIF comience por "E" o "H" usarán la clave "D".

 

Desglose del importe de las operaciones trimestrales

 

Entre otras casuísticas, las entidades a las que sea de aplicación la Ley 49/1960 de 21 de Julio sobre la propiedad horizontal no deberán suministrar información sobre los importes trimestrales.

 

Las entidades (indistintamente del tipo de entidad) cuyo NIF comience por "E" desglosarán las operaciones con terceros de forma trimestral, la justificación es que la Agencia Tributaria considera dichas entidades como comunidades de bienes y no comunidades de propietarios que le son aplicables la Ley 49/1960 de 21 de julio de propiedad horizontal.